Cuando las deudas aprietan. 1813.
Cuando las deudas aprietan. Y las escasas pertenencias no son suficientes.
De la situación calamitosa después de 1809 ya nos hemos hecho una idea. Hay
muchos documentos que nos lo van recordando. Las ventas que se hacen para tener
liquidez y reconstruir las casas o los impagos de réditos corridos de las
hipotecas… son sólo alguno de ellos.
Y la muerte prematura. El fallecimiento temprano del cabeza de familia o
con una enfermedad dilatada en el tiempo sume en una situación precaria, cuando
no la bancarrota, a la familia que se ve desposeída de lo poco que tenía.
Resultan lastimosos los ejemplos que voy a documentar aquí. Pero también
necesarios. Nos acostumbramos a acercarnos a la historia plácidamente desde
nuestra distancia temporal y actual. Damos por descontado nuestro bienestar o
la forma de pensar de ahora, quizás sin valorar lo suficiente el esfuerzo y
tesón para sobreponerse a las calamidades. Unas naturales, otras provocadas por
decisiones humanas. Cosas básicas y sencillas como ir a la farmacia a por un
medicamento, (del que pagamos una pequeña parte), la visita al médico o a la
ATS, al hospital… son mejoras sustanciales que, desafortunadamente apenas
tenían en esa época. Acercarnos al supermercado, a la tienda, y disponer casi
en cualquier época del año de alimentos básicos nos hace olvidar que hace
apenas unas generaciones no era así. Trasladémonos al contexto del 1800.
Vamos a ver un ejemplo.
Taboada. El mesón del Cristo.
Taboada no es un apellido corriente en Jerte. Sólo por eso ya te llama la
atención. Entre los documentos donde podemos bucear sobre esta persona hay una
carta dotal que otorga Manuel Taboada a su mujer, Ana Gracia Alonso, el 18 de
mayo de 1813. Se dice que son los bienes que metió al matrimonio. Se hace “ante
el alcalde constitucional sr. Gregorio Sánchez y el fiel de los hechos nombrado
por enfermedad del único escribano, y ante los testigos José López, Pedro
Martín Granado y Antonio Morales”. Y sorprende que, en la fórmula otras
veces recogida, esta vez introduce la palabra divorcio. “obligándose como se
obliga a tenerlos de pronto y manifiesto para entregarlos, o en su defecto
pagar su valor, siempre que el matrimonio sea disuelto por muerte, divorcio o
cualquier otro caso de los permitidos por derecho sin obligarlos a sus deudas,
crímenes ni excesos”.
Los bienes, cuyo valor asciende a 993 reales, quedan detallados en una
lista breve. Lo más valioso, dos cerdos (560 reales) y una jaca (200 reales). El
resto algo para la casa y el dormitorio: sartenes, cazo, caldero, lamparilla,
segurón, candil, funda con lana, sabana y manta vieja, jerga, arca y un par de
cernederas. Lo que pudiera aportar la buena mujer.
Manuel había enviudado de Rosa Moreno, su primera esposa, el 19 de junio de
1811. Hasta aquí, podríamos hablar de circunstancias comunes, cotidianas.
El inventario y partición de los bienes de Manuel Taboada que se hace
cuando fallece el 9 de diciembre de 1813, para salvaguarda de sus hijos ya nos
hace indagar qué edad tendrían, ya que dice que dos de los tres están fuera del
pueblo. Esa duda me lleva a cotejar fechas y personas. Y es como si el culebrón
se fuera alargando.
Rosa Moreno González se casó en primeras nupcias con Patricio Pérez
Hernández. Cuando él fallece el 3 de agosto de 1785 por “accidente que le
privó del habla y demás sentidos”, deja una viuda con “cuatro hijos
vivos, menores de 14 años y uno póstumo o póstuma que dará a luz dicha su mujer”.
Ya hablamos de que las condiciones de vida a finales del XVIII se estaban
poniendo feas en Jerte. Rosa Moreno, viuda, cuatro menores: Andrés (n. 1779),
Francisco (n. 1781), Rosa (n. 1784), Ana, y esperando el quinto (al que puso
Patricio, que nació el 10 de diciembre de 1785).
Es frecuente en esa época que los viudos y viudas rehicieran su vida y se
casaran de nuevo. Más cuando la viuda intenta tirar hacia adelante con una
prole de cinco hijos. No sé cuándo se casa con Manuel Taboada, pero en 1796
tienen el primer hijo común, Miguel Ciriaco, y en 1799 a Felipa. Es un
matrimonio asentado al arrancar el 1800. En la lista de la montanera de 1809
entra en el Reboldo dos cerdos, que cuentan por cabeza y media. Viven en una
casa arrendada, como se indica. Pero llega el fatídico agosto del 1809.
La situación cambia radicalmente. El 19 de junio de 1811 fallece Rosa
Moreno. Aunque había testado ante el escribano Juan Sánchez, se le anota en
difuntos “pobre” y pagan 10 misas. Deja cuatro hijos. Dos del primer
marido: Andrés y Ana Pérez. Y otros dos de Manuel Taboada: María y Miguel.
Poco tarda en casarse el viudo Manuel Taboada, que otorga la carta dotal
después de casado en mayo del 1813. Y poco le dura el nuevo matrimonio,
falleciendo el 9 de diciembre de 1813. Como curiosidades de su partida de
difunto es enterrado en la ermita. Deja por herederos, ya que
también había testado ante el escribano, a sus tres hijos María, Teresa y
Miguel. Este último tendría 17 años y estaría trabajando o sirviendo fuera del
pueblo. Y aunque manda 10 misas, en el lateral pone “no han pagado”.
Fueron sus testamentarios Antonio Cepeda y Alonso Beato.
Lo que estamos viendo aquí es corriente y complica sobremanera cuando
buscas antepasados ya que en muchos casos son hermanos de padre o madre. La
única ventaja es que en estas fechas ya es común poner el orden de los
apellidos como en la actualidad. Primero el del padre y luego el de la madre.
Por el inventario y partición de sus bienes que se hace cuando fallece,
bajo la excusa y las leyes para proteger a sus hijos menores de edad, asistimos
a esa sensación, difícil de transmitir de cierta indefensión de la viuda. De la
venta de enseres básicos y cotidianos en almoneda pública. Ese sentimiento de
que realmente salen perjudicados los herederos. Lo vemos.
Nada más tener conocimiento de la muerte de Manuel, el alcalde exhorta a la
viuda Ana Gracia a tomarla declaración jurada de los bienes haciendo un
inventario de éstos y cualquier papel o documento del difunto. “quedado un
hijo en la menor edad, y otros dos ausentes; y para que los bienes vacantes del
susodicho no se oculten, extraigan, ni transporten en perjuicio de referidos
sus hijos, (…) o acreedores…”. Al menos a su mujer la consideran apta para
ser depositaria de los bienes. Ya es algo. Es el 9 de diciembre de 1813.
Ese mismo día se hace el inventario. Primero, de los útiles domésticos con
el listado prolijo de siempre. Por diferente a otros listados y fuera de lo
cotidiano: “media fuente salamanquina, dos platos hondos salamanquinos,
cinco pucheros embetunados, una chocolatera, una revolvedera, una cuchara
herreña, dos jícaras, una criba de pellejos, un escabel, otro candil de hoja de
lata, un sembrado de centeno (en las Erías) y unas pocas de habas”.
Luego, de los bienes raíces sin tasador ni veedor para “por evitar
costas”.
Una casa mesón al Cristo linda con huertos de Agustín
Beato, y Agustín Delgado.
Un huerto al camino real, linda con otro de Jacinta Buezas, digo un huerto
junto a la Garganta.
Un puesto de casa en la Plazuela de esta villa.
Los testigos del inventario fueron Antonio Cepeda, Francisco Monroy y
Santiago Hernández.
La tasación de los bienes se lleva a cabo el 20 de diciembre de 1813.
La huerta del camino real y el puesto de la Plazuela están anotados y
posteriormente tachados, no teniéndolos en cuenta en la suma de valor, en la
que sólo entra el huerto junto a la Garganta (450 reales) y “una casa
mesón al Cristo tasada en 6.000 reales, esto es lo nuevo 2.500 reales_
6.000 reales”.
Los muebles y utensilios se tasan, utilizando posteriormente el mismo
listado para anotar a quien se adjudican, evitando una duplicidad y sus costes,
descontando lógicamente los que son de la viuda por carta dotal o su valor en
el caso de los cerdos y la jaca.
Y aquí es donde viene lo perjudicial. La suma del inventario es de 1.096
reales más los 7.450 de los bienes raíces. Y los derechos que hay que pagar por
hacerlo asciende a 97 reales.
Se fijan los edictos de venta pública. El primero el 21 de marzo de 1814.
Juan Sino se lleva todos los pucheros y platos por 8 reales. Y Juan Carrión se
llevó un caldero en 20 reales a cuenta de su deuda, y un peso.
Se hace la almoneda pública. Se venden algunas cosas. Todo
su valor 57 reales y 24 maravedís. Pero hay que pagar a Juan Sánchez el
escribano 40 reales. Y al ministro encargado 6 reales. Le quedan a la
viuda de la venta poco más de 11 reales. ¿A quién le beneficiaba la venta
pública?
Y el resto de los útiles, ¿quiénes se los quedaron?
La viuda Ana Gracia que recibió su dote en bienes, entre ellos la huerta
junto a la Garganta[1]. Pero sobre todo los acreedores. Ese mismo 21
de marzo de 1814 se hace la relación de deudas. Creo que puede ser interesante,
sobre todo porque se trata del mesonero que estaba a la salida hacia Castilla
en las afueras del pueblo.
|
[1] Recordamos que la Garganta de
los Papúos no se llamaba así, sino que ha recibido ese nombre posteriormente.
Antes era la Garganta, o Garganta del Humilladero o Garganta del Cristo. |
“A Mateo Rufino Martín, 200 r.
A los herederos de Francisco Sánchez, 50 r.
A uno de Garrobillas, 150 r.
A Tomas González, 925 r.
A Francisco Carrión, 27 r.
A Tomás Ximénez, vecino del Puerto, 14 r.
A Miguel Hernández, vecino de Solana, 14 r.
A Juan Gallego mayor, 52 r.
A Ramón Montero, 36 r.
Al sr. Procurador, Baltasar Delgado, 15 r.
Al sr. alcalde Gregorio Sánchez que fue el pasado año de 1813 por sus
derechos de inventario y tasación de los bienes del difunto, 18 r.
A Francisco el plasenciano, vecino de Solana, 130 r.
A la viuda de Matías Gallego, por un de Santibáñez, 260 r.
A Tomás cepeda, 40 r.
A Ana Gracia Alonso, viuda, que se le deben de los bienes dotales, 993 r.
A Alonso Beato, 910 r.
A Antonio cepeda mayor, 642 r.
A Catalán, vecino del Barco, 150 r.
A Francisco Carón, vecino de Aldeanueva, 60 r.
A Sebastián, un arriero que vendió una fanega de trigo al difunto, 80 r.
A la Justicia de esta villa por la contribución del difunto Manuel Taboada,
47-8 r.
Al sr. Cura por los derechos del funeral y padrón, 163-32 r.
A Antonio Bermejo de la costa del sembrado, 41 r.
A Francisco Martín del Río, 356-16 r.
A Alfonso Sánchez, 80 r.
Al sr. Regidor José Arias, 30 r.
Al sr. Cura por los derechos del casorio, cuando le contrajo con Ana Gracia
Alonso, 8 r.
A Tomás el sepulturero por abrir y cerrar la sepultura, 6 r”.
Totalizan las deudas 5.598 reales y 24 maravedís.
Se da por pagados a la viuda, cura y otros, quedando por deber 4.561-2
reales.
Al final tiene que pagar al escribano otros 120 reales por los derechos de
testamento, escrituras del huerto, inventario, tasación, diligencias de subasta
y remate, en el que se incluye ocho pliegos de papel sellado y diez pliegos de
papel común.
Como el valor de los bienes tasados, el mesón ahora en 4000 reales, no
alcanzan para pagar a todos los acreedores, parece que se toma la decisión
salomónica que algunos reciban algo de los útiles caseros y todos sean
partícipes del valor del mesón. Así se hace una relación de los acreedores con
la parte proporcional que le corresponde. Quizás la diferencia sea una quita de
la deuda. Pero resulta chocante que en el pago se vaya poniendo a todos ellos
la cantidad con la coletilla “… reales de propiedad en la casa mesón”,
incluidos el arriero Sebastián o uno de Garrobillas.
Manuel Taboada y Feijoo, deja apenas nada. Restituye la dote a su actual
mujer y los bienes no alcanzan a pagar las deudas. Que dos hijos estuvieran
fuera de la localidad, donde las condiciones de vida eran tan complicadas se
entiende perfectamente A pesar de que la Guerra de la Independencia no hubiera
concluido. Y ¿qué fue del mesón del Cristo? No tengo constancia dónde estaba
exactamente. Como único indicio que linda con dos huertos, uno de Agustín Beato
y el otro de Agustín Delgado. Al estar próximo a la ermita del Cristo quedaba
fuera del pueblo entonces. Podría situarse hacia las casas de los Beatos frente
al aula de infantil. De momento no lo sabemos.
Tampoco de su origen. Parece gallego, pero al estar avecindado en Jerte y
casado dos veces aquí, junto a que la partida de defunción la hace Caleya,
parco en palabras y con abreviaturas… de momento no lo sé. Esperaremos a poderlo
consultar en los archivos.
Y sobre los hijos no hay reseñas más allá de las que se han anotado. No se
da el caso de las curadurías. Porque poco o nada se puede sacar de sus bienes.
Al final los beneficiarios claros de la defunción son la mujer que recupera lo
que aportó al matrimonio, los acreedores que recuperan buena parte de las
deudas, los oficios del ayuntamiento: alcalde, tasadores, escribano… que
reciben su parte, y el cura, beneficiario del tránsito de lo terrenal al más
allá.
Boleto del cura Caleya al final de la
partición de Manuel Taboada. De los honorarios eclesiásticos. “Diezmo de
fruta o padrón, funeral: entierro y aniversario, sacristán, ofrenda ambos días,
misas, derechos parroquiales y sacristán, ídem casa santa”.

Comentarios
Publicar un comentario